Año nº 2011
 
 

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Glosario

TÉRMINOS UTILIZADOS EN INVESTIGACIÓN CLÍNICA

Joan Ramon Laporte, principios básicos de investigación clínica AstraZénca 2001.

Reducción absoluta del riesgo (RAR). Diferencia aritmética absoluta entre la tasa de acontecimientos en el grupo experimental (I e ) y la tasa de acontecimientos en el grupo control (I e ). Se calcula como RAR=I e -I e Véase también Reducción relativa del riesgo.

Reducción relativa del riesgo (RRR). Disminución proporcional de las tasas de acontecimientos no deseados entre el grupo experimental (tasa de acontecimientos en el grupo experimental, I e ) y el grupo control (tasa de acontecimientos en el grupo control, I e ), que se calcula como RRR=[I e -I e ]/ I e , y se acompaña de un intervalo de confianza al 95%. Véase también Reducción absoluta del riesgo.

Referencia. Véase Control.

Régimen de administración. Véase Pauta de administración.

Registro de especialidades farmacéuticas. Proceso por el cual las autoridades sanitarias evalúan la documentación científica disponible sobre un medicamento y aprueban su comercialización en condiciones y para indicaciones
específicas. Los criterios aplicados en el registro de medicamentos difieren de un país a otro, de modo que el número de especialidades farmacéuticas comercializadas también varía ampliamente de un país a otro. Véanse también Agencia Española del Medicamento, Agencia Europea de Evaluación de Medicamentos, Procedimiento centralizado y Procedimiento descentralizado.

Regresión a la media. En general, los pacientes seleccionados por presentar un valor extremo de una distribución tenderán, por término medio, a presentar valores menos extremos en mediciones subsiguientes: este fenómeno se denomina regresión a la media. La regresión a la media es propia de las enfermedades agudas y autolimitadas, y también de las crónicas que cursan a brotes o de manera ondulante: el paciente tiende a ir al médico cuando se encuentra peor, pero en la visita subsiguiente puede estar curado o haber mejorado, sin que ello pueda atribuirse necesariamente a alguna intervención específica. También en enfermedades crónicas se puede registrar un fenómeno de regresión a la media por otros mecanismos. Así por ejemplo, los pacientes que presentan
una presión arterial (sistólica o diastólica) elevada en una primera visita, presentarán niveles más bajos (en unos 10 mm Hg por término medio) en visitas subsiguientes, sin que se haya hecho ninguna recomendación sobre
hábitos de vida ni se haya instaurado tratamiento farmacológico. La regresión a la media contribuye al efecto placebo y pone de relieve la necesidad de que cualquier intervención terapéutica sea evaluada con un grupo de comparación o control. Véanse Control y Efecto placebo.

Regresión logística. Tipo de análisis de regresión en el que la variable dependiente sólo puede tomar dos valores (por ej., vivo o muerto, gestación o no gestación). En el análisis de regresión logística la variable dependiente puede ser o bien categórica o bien continua.Véanse también Análisis de regresión, Datos binarios, Variable binaria, Variable categórica y Variable continua.

Regresión múltiple. Véase Análisis de regresión múltiple.

Regulación legal. La realización de ensayos clínicos en España está regulada por la Ley 25/1990 del Medicamento, en su Título Tercero, y por el Real Decreto 561/1993, por el que se establecen los requisitos para la realización de
ensayos clínicos con medicamentos (véase el Real Decreto 561/1993). Todos los ensayos están sometidos a autorización administrativa previa; no podrán iniciarse si no se dispone de datos que garanticen que los riesgos para los participantes son admisibles; deberán realizarse en condiciones de respeto a los derechos fundamentales de la persona y con el consentimiento libremente otorgado por los participantes y se realizarán sólo si existe duda razonable acerca de la eficacia y la seguridad de las opciones que incluye. Ningún ensayo puede ser realizado sin informe previo de un CEIC; éste debe estar acreditado por las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma correspondiente. Los ensayos con productos en fase de investigación clínica o con medicamentos ya autorizados están sometidos a un régimen de autorización previo por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Véanse también Bioética, Buenas prácticas clínicas, Comité Etico de Investigación Clínica, Consentimiento informado, Declaración
de Helsinki, Declaración de Tokio, Ensayo clínico, Informe Belmont, Investigador, Monitor, Producto en fase de investigación clínica, Promotor, Protocolo y Seguro.

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